Abogado de Alta Gama

lunes, 29 de julio de 2013

BCR PERUANO ES RESPONSABLE DE LA SUBIDA DEL VALOR DE LAS CASAS EN PERU

Ballesteros & Abogados SAC ante los ultimos hechos politicos generados en el seno del Congreso General por el nombramiento entre otros de los integrantes faltantes del BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU en adelante BCR conforme lo manda el articulo 86 de la Constitucion Politica, CUMPLE con señalar tecnicamente en base a la normatividad legal vigente de que la OBLIGACION que tiene esta entidad publica de ADMINISTRAR las reservas internacionales en adelante RIN a su cargo NO LO HABRIA EFECTUADO con arreglo al escenario vinculante que le impone su Ley Organica, POR LO TANTO se recomienda de que la COMISION DE FISCALIZACION del mismo Congreso y la Contraloria General asuman su rol en la parte que les compete, en base a la existencia de los siguientes HALLAZGOS :

DE LOS ANTECEDENTES LEGALES

PRIMERO, que el articulo 2 de la Ley Organica del BCR aprobada por la Ley N° 26123 señala que su finalidad entre otras es la de administrar las RIN, para lo cual en su articulo 71 señala que para ello su Directorio toma en cuenta los criterios de SEGURIDAD, LIQUIDEZ y RENTABILIDAD y los evalua en funcion de la situacion y perspectiva de la economia nacional y del contexto internacional.

SEGUNDO, que su articulo 72 indica que las RIN estan constituidas por a) TENENCIAS de ORO y PLATA, b) BILLETES y MONEDAS EXTRANJERAS DE ACEPTACION GENERAL, c) DEPOSITOS DE DIVISAS A LA VISTA o POR PERIODOS NO MAYORES DE 90 DIAS, d) CERTIFICADOS DE DEPOSITOS DE DIVISAS POR PERIODOS MAYORES DE 90 DIAS, e) TITULOS VALORES DE PRIMERA CLASE EMITIDOS POR ORGANISMOS INTERNACIONALES o ENTIDADES PUBLICAS EXTRANJERAS, f) ACEPTACIONES BANCARIAS ACREDITADAS a PLAZOS NO MAYORES DE 90 DIAS, g) DERECHOS ESPECIALES DE GIRO, h) SALDOS DEUDORES DE LAS CUENTAS ORIGINADAS EN CONVENIOS DE CREDITO RECIPROCO, y i) APORTES en ORO, DIVISAS y D.E.G. A ORGANISMOS MONETARIOS INTERNACIONALES.

TERCERO, que sin ingresar al analisis economico, cabe señalar que la VOLUNTAD EVIDENTE de la norma es que PRIMERO, el DIRECTORIO del BCR debe de cuidar en orden prelatorio que las RIN se manejen con SEGURIDAD que para el contexto esto esta contenido porque se actue con un manejo idoneo que permite disipar cualquier posibilidad de perdida para el pais de dichos fondos por una mala adquisicion legal o contractual, SEGUNDO de que los instrumentos adquiridos sean de alta y rapida convertibilidad internacional en el ambito financiero, y TERCERO de que los medios e instrumentos adquiridos sean los que PROVEAN DE MAYOR GANANCIA A LAS RIN medida por los niveles de adquisicion teniendo en cuenta el mediano y largo plazo.

CUARTO, que en consecuencia si bien el articulo 71 de esta Ley Organica señala que las decisiones que asuma el Directorio se dan dentro del entorno de las usuales y sanas practicas bancarias, MAS nuestra parte señala que ESTAS DEBEN DE ESTAR EFECTUADAS TENIENDO EN CUENTA A LA VEZ LOS TRES CRITERIOS NOMBRADOS, por cuanto las RIN contribuyen a la estabilidad economica y financiera del pais, ya que garantizan la disponibilidad de divisas para situaciones extraordinarias que se dan principalmente en el caso de la fuga de capitales del sistema financiero nacional, aparte de que coloca en una mejor situacion de RIESGO PAIS al PERU, por lo tanto la POLITICA DE INVERSION, el PORTAFOLIO DE REFERENCIA y la ADMINISTRACION DE RIESGOS son piezas claves y fundamentales para la decision a tomar, siendo que en ese sentido no cabe duda alguna que la PRIMERA responde a un contexto politico del GOBIERNO DE TURNO donde conforme a la HOJA DE RUTA del Presidente Ollanta Humala existe como meta el MANTENER LA MISMA POLITICA MONETARIA basada en metas de inflacion a no superar que esta en el orden del 2 % anual, sin embargo cabe señalar de que esta orientacion es para que producto de esa politica se asegure el financiamiento de las politicas sociales, siendo de otro lado que la SEGUNDA responde a un contexto MITAD ACADEMICO y MITAD DE LA SITUACION FINANCIERA INTERNACIONAL, pero en el caso de la TERCERA, cabe señalar que ESTA RESPONDE A UN CONTEXTO PURAMENTE MATEMATICO y ABSOLUTAMENTE CUANTIFICABLE, ya que se usa el indice de RIESGO DE LIQUIDEZ que implica de que para aminorar al maximo este, se pueda incluso hacer operaciones de disponibilidad inmediata realizables en un mismo dia, se usa asi tambien el indice de RIESGO DE CREDITO que implica no invertir en emisiones de deuda de empresas privadas, asi como se utiliza el indice de RIESGO CAMBIARIO que previene las fluctuaciones de tipos de cambio entre monedas distintas y se usa el RIESGO DE TASA DE INTERES que previene el movimiento no esperado de las tasas de rendimiento de mercado de los activos de renta fija que componen el portafolio, por lo tanto el nivel de decision APLICANDO estos ratios, TIENEN POCO AMBITO DE DISCRECIONALIDAD y MUCHO DE TECNICISMO.

DEL PORQUE EL NIVEL DE DECISIONES DEL BCR PERUANO HA SIDO PERJUDICIAL PARA LOS MILLONES DE PERUANOS EN EL AMBITO DE LAS RIN

PRIMERA RAZON, porque TECNICAMENTE el CONSEJO MUNDIAL DEL ORO en siglas en ingles WGC, que es conocido en el mercado financiero internacional como un ente de primer nivel, ha señalado claramente de que los Bancos Centrales de Reserva que destacan en el mundo, priorizan sus inversiones en el mercado de dicho lingote basados en su tamaño y liquidez que podemos llamar de rapida convertibilidad, dejando de lado al dolar y al euro JUSTAMENTE POR SU INEXISTENTE RIESGO CREDITICIO, mas aun teniendo en cuenta la crisis del 2008 de la moneda americana, por lo cual en lineas generales estos BANCOS se han constituido desde el 2010 en compradores netos, pasando del 2000 al 2012 a un nivel de reservas de DOS BILLONES a DOCE BILLONES DE DOLARES, mientras la participacion de la moneda americana cayo de un 54 % al 62 % en ese mismo periodo, por lo tanto NO ES NOVEDAD de que este mercado haya desplazado incluso a otras monedas como el YUAN CHINO, el DOLAR AUSTRALIANO y el DOLAR CANADIENSE, por lo tanto el INDICE DE RIESGO en el mercado de este lingote al ser CERO, equivale a que ESTA DEBIO SER LA ADQUISICION PRIORITARIA para efectos de la mantencion y administracion de las RIN por el BCR, sin embargo VEMOS QUE ESTO NO SOLO NO ES ASI, sino que es todo lo contrario, ya que las RESERVAS se han venido incrementando principalmente por las COMPRAS NETAS DE MONEDA EXTRANJERA lease DOLAR AMERICANO EN LA MESA DE NEGOCIACIONES, generando con ello QUE EL REAL VALOR DE LAS RIN no tenga la consistencia real que debiera de haber, POR CUANTO EL VALOR CONTENIDO EN LA DENOMINACION DEL BILLETE DOLAR HA DECRECIDO EN COMPARACION CON SU VALOR REAL, por lo tanto TENEMOS DOLARES EN NUMEROS Y LETRAS pero que no valen lo que dice su papel impreso, y ESTO ES COMPROBABLE AL CONVERTIRLO EN EL EXTERIOR.

SEGUNDA RAZON, porque esto genera que la ECONOMIA PERUANA no tenga parametros reales internacionalmente, YA QUE SIN LLEGAR A LOS NIVELES DE EXAGERACION esto es tanto como si NOS HUBIERAMOS LLENADO DE BILLETES DE INTI MILLON ANTIGUOS que cuando lo cambiamos a NUEVO SOL practicamente su valor se anula a valor CERO por la paridad cambiaria legal en ese caso porque el Estado le asigno y regulo un valor, MAS CUANDO ESTO OCURRE EN EL EXTRANJERO EN EL AMBITO FINANCIERO INTERNACIONAL, el valor del dolar que ha adquirido el BCR no se regula por ley SINO POR SU VALOR REAL EN FUNCION AL ORO y logicamente al mercado de su lingote, POR LO TANTO DECIMOS que internamente ESTO GENERA UNA ESPIRAL NO REAL y que ESPECULATIVAMENTE esto determina QUE EXISTAN BIENES CON UN MUY ALTO PRECIO, pero que en ninguno de los casos responde a UN VALOR REAL, ya que el BCR PARA BENEFICIAR A LOS GRANDES EXPORTADORES QUE SON PRINCIPALMENTE LOS MINEROS, LOS AHORRADORES EN MONEDA EXTRANJERA y LOS ESPECULADORES QUE COMPRAN Y VENDEN MONEDA EN DIVERSOS MERCADOS cuyo tamaño solo lo tienen los BANCOS PRIVADOS y AFP en PERU, ha venido comprando ingentes cantidades de dolar americano PARA EVITAR LA BAJA DE SU TIPO DE CAMBIO principalmente desde el año 2010 SIN VENDERLOS, lo que origino de que el PATRIMONIO NETO del BCR que al 31 de Enero del 2008 era de SIETE MIL CIENTO CINCUENTA MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NUEVOS SOLES y QUE SE INCREMENTO EN MIL OCHOCIENTOS TREINTIUN MILLONES POR EFECTOS DE UTILIDAD DE OPERACIONES EN EL 2009 Y EN EL 2010 POR SEISCIENTOS QUINCE MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL, que hacian en total 9 mil 125 millones 59 mil nuevos soles al cierre del año 2010, ESTE NO CONCLUYERA CON DICHO PATRIMONIO, sino que este se redujo a MIL 617 MILLONES 571 MIL NUEVOS SOLES por tener una perdida de 7 mil 507 millones 488 mil nuevos soles por SALDO DE PERDIDAS POR DIFERENCIA DE CAMBIO, es decir producto de la perdida del tipo de cambio su PATRIMONIO se redujo en un 77 %, TODO POR APORTAR A MANTENER UN BILLETE DE DOLAR CUYO VALOR A LA BAJA NO ERA PRODUCTO DE LA ESPECULACION SINO PRODUCTO DE LA REAL PERDIDA DE SU VALOR ADQUISITIVO DESDE OCTUBRE DEL 2008.

CONCLUSION

PRIMERA, que la mantencion de un pretendido valor de la denominacion del billete dolar de manera ESPECULATIVA al final ha sido desde el año 2008 hasta el 2010 en que fue su punto algido y que se ha venido manteniendo, ES LO QUE HA GENERADO LA CONTRACCION HACIA ARRIBA DEL VALOR DE LAS PROPIEDADES EN EL PAIS, que no se genera por el mayor valor en nuevos soles del inmueble, SINO POR EL MENOR VALOR DE LA MONEDA EN QUE SE VENDE QUE ES EL DOLAR, por lo cual AUNQUE PAREZCA IRREAL y SER UNA HISTORIA NO CONTADA, todo esto ES RESPONSABILIDAD DEL BCR Y LO HA SABIDO DESDE UN INICIO, asi como tambien lo supieron los grandes constructores que SE VIERON OBLIGADOS PARA MANTENER EL VALOR DE LA MONEDA QUE RECIBIAN a ELEVAR EL PRECIO, porque si bien ese dolar que recibian en PERU tiene el valor de la denominacion del billete, pero llevado afuera al convertirlo PERDIA SU VALORACION, lo cual SIGNIFICA QUE LA DENOMINADA MEJORA tal como algunos analistas de la construccion lo habian denominado por la mayor capacidad adquisitiva de la poblacion al comprar propiedades mas caras, NO ES CIERTA tal como se ha planteado.

SEGUNDA, que al igual como hoy lo dicen los analistas economicos que respaldan nuestra posicion PRIMERO legal y SEGUNDO real, por cuanto el dolar frente las SEIS principales monedas del mundo ha perdido hasta el 30 % de su poder adquisitivo, y que ha originado que el propio BCR AMERICANO que es la FED tenga hasta en un 75 % de sus reservas los lingotes de oro y ni que decir del BCR ALEMAN que llega hasta el 70 %, por lo tanto si bien la onza de Oro ha venido bajando internacionalmente, pero muy por el contrario su DEMANDA se ha incrementado sobre todo por CHINA e INDIA que adquieren a nivel global mas de un tercio de la misma, siendo que en el caso de la primera esta lo adquiere principalmente de SINGAPUR y HONG KONG, por lo tanto AUN ESTA A TIEMPO EL BCR PERUANO Y SU DIRECTORIO EN ENMENDAR EL RUMBO DE ADQUISICION DE LAS RIN HACIA EL RUBRO DE ESTOS LINGOTES, sin embargo esto no los exonera del escrutinio que deberan de tener por parte de la Comision de Fiscalizacion del Congreso y de la propia Contraloria General de la Republica, por cuanto si bien se ha beneficiado al modelo economico de los grandes exportadores, PERO SE HA PERJUDICADO EN LOS HECHOS A MILLONES DE PERUANOS.

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